A-293/26 de 2026
Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencias entre el Juzgado Laboral del Circuito de Honda y el Juzgado Penal del Circuito de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que los despachos involucrados se apartaron del conocimiento de la solicitud de amparo con fundamento en las reglas de reparto de tutelas masivas consagradas en el Decreto 1834 de 2015.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Laboral del Circuito de Honda para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, en caso de advertir la posible configuración del fenómeno de la tutela masiva, deberá motivar adecuadamente sus decisiones, en atención a los estándares de argumentación fijados por la jurisprudencia constitucional.
Al otro funcionario involucrado se le hizo una advertencia para que, en lo sucesivo, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela se resuelva, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.